Informamos los fallos más recientes en el área de Mala Praxis
Los juicios por responsabilidad médica continúan aumentando en la Argentina.
Se estima que hay más de 25.000 casos pendientes en la justicia.
Período: Febrero 2019
Comunicamos las condenas indemnizatorias por negligencia médica más recientes de la Argentina en el ámbito médico.
La obra social debe indemnizar por daños al actor por no haber cubierto los gastos de internación de su madre en el geriátrico designado
Cabe confirmar la sentencia que acogió parcialmente la acción de amparo deducida, pues quedó demostrado el deterioro en la salud de la madre del amparista, quien requirió otro tipo de cuidados e internación, siendo trasladada para su debida atención y que los reclamos de cobertura no fueron debida y temporáneamente atendidos por la obra social, incumplimiento que genera la obligación de la demandada de responder por el período que no cumplió con la cobertura necesaria, haciendo lugar al reclamo por el daño emergente respecto de lo abonado por el actor en concepto de internación. El hecho de que la obra social requiriera la obtención del Certificado de Discapacidad para acceder a brindar la cobertura no modifica el hecho de que las necesidades de la madre del actor quedaron evidenciadas en forma previa a ello, a partir de los certificados médicos expedidos por sus médicos tratantes, por lo que estos no hicieron más que confirmar su estado de salud preexistente a la fecha de su expedición y, consecuentemente, el derecho a obtener la cobertura por parte de la obra social desde su reclamo judicial.
Partes: T. M. A. y otro c/ OSTEE s/ civil y comercial- varios
Tribunal: Cámara Federal de Apelaciones de La Plata
Sala/Juzgado: III
Fecha: 18-sep-2018
Cita: MJ-JU-M-114318-AR | MJJ114318 | MJJ114318
Indemnización por mala praxis médica pues los escasos datos de la historia clínica llevaron a practicar una histerectomía.
Se procede a admitir la demanda indemnizatoria por mala praxis médica pues en la especie los escasos datos de la historia clínica no permiten determinar si la histerectomía a la que fue sometida la paciente se encontraba avalada por haberse agotado todas las instancias y procedimientos médicos que describió el perito, lo que impide analizar si la conducta del médico fue adecuada de acuerdo al tiempo y lugar conforme las omisiones de la historia clínica, cuyas falencias provoca una presunción en contra de los galenos demandados. La obra social que amparaba a la paciente es responsable del daño que sufrió por causa de la mala praxis médica de los codemandados, pues su obligación no se limitaba a prestar asistencia médica por profesionales habilitados, sino que esa obligación asistencial llevaba implícita el compromiso tácito de seguridad, en tanto no solo se obligó a prestar asistencia médico-hospitalaria, sino que ella debía ser normalmente eficaz. Al estar demostrada la culpa del profesional deberá responder por su obligación tácita de seguridad la obra social que contrató los servicios de aquellos, en tanto incumplió en prestar la debida atención a la que se había comprometido.
Partes: T. M. A. y otro c/ OSTEE s/ civil y comercial- varios
Tribunal: Cámara Federal de Apelaciones de La Plata
Sala/Juzgado: III
Fecha: 18-sep-2018
Cita: MJ-JU-M-114318-AR | MJJ114318 | MJJ114318
Mala praxis de un médico de guardia que se equivocó en el diagnóstico de un paciente y le impidió aumentar su oportunidad de sobrevida
Se admite la demanda por mala praxis médica pues si bien el cuadro que presentaba el paciente era grave de por sí, de haber recibido una atención adecuada y oportuna conforme a su patología cardíaca, se hubiera permitido probablemente un noventa por ciento de oportunidad de sobrevivir, motivo por el cual cabe concluir que en el fallecimiento concurrieron dos causas independientes entre sí: en un 10% la enfermedad preexistente y en el 90% restante la mala praxis en que incurrió el médico de guardia a partir de un error de diagnóstico injustificable porque consideró que se trataba de un trastorno gastrointestinal y lo medicó en consecuencia. El médico que se encontraba de guardia y la clínica deben responder por el daño derivado de la muerte de un paciente pues aquel incurrió en un error de diagnóstico, lo que impidió que el paciente recibiera la medicación adecuada e indicada a la patología cardíaca que presentaba, en tanto no le fueron realizados los análisis y los estudios y prácticas médicas que correspondían en la emergencia.
Partes: B. N. I. y otros c/ Clínica Regional S.R.L. y otros s/ ordinario
Tribunal: Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de General Pico
Sala/Juzgado: B
Fecha: 12-oct-2018
Cita: MJ-JU-M-115752-AR | MJJ115752 | MJJ115752
Responsabilidad del hospital público, de la Provincia y del director del centro médico por el fallecimiento de una paciente durante el parto
Se confirma parcialmente la sentencia en cuanto hizo lugar a la demanda de daños deducida contra el hospital público, la Provincia y el director del hospital por el fallecimiento de la paciente durante el parto, pues surge probado que el deceso obedeció a la demora en el retiro de la placenta, lo que generó una ginecorragia y posterior fallecimiento, demora debida a que el médico especialista en tocoginecología se encontraba en otra localidad al momento de los hechos. El Director del hospital tenía en la emergencia la obligación de asegurar a la paciente que la prestación médica brindada por el establecimiento contaría con los recursos humanos y materiales que fueran necesarios (laboratorios, suministro de transfusión de sangre, médico de guardia, especialistas, enfermeras, etc.) para atender su embarazo y las posibles contingencias del caso, o en su defecto, ante la ausencia de especialistas o recursos, debía derivarla a un centro de mayor complejidad. La responsabilidad del Director del hospital se halla acreditada en la medida que no aseguró, ante la existencia de complicaciones previsibles (retención de placenta) la presencia efectiva y oportuna de un especialista en tocoginecología para asistir a la paciente, ni el cumplimiento indispensable de las medidas necesarias (personal de extracción de sangre, resultados de exámenes de laboratorio en tiempo útil, presencia de personal del banco de sangre para trasfundir a la paciente, etc.) que eran requeridas en el caso concreto.
Partes: M. A. por si y en representación de su hija menor: c/ Provincia del Chaco y/o Ministerio de Salud de la provincia del Chaco y/u Hospital Felix A. Pertile y/o del y/o A. y/o quien resulte responsable s/ daños y perjuicios y daño moral
Tribunal: Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Resistencia
Sala/Juzgado: III
Fecha: 31-oct-2018
Cita: MJ-JU-M-115745-AR | MJJ115745 | MJJ115745