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Preguntas Frecuentes en Mala Praxis Médica

Preguntas Frecuentes Mala Praxis Médica
Preguntas Frecuentes Mala Praxis Médica

Preguntas Frecuentes Mala Praxis

 

Cuando existe MALA PRAXIS MEDICA?

Existe mala praxis en el área de la salud, cuando se provoque un daño en el cuerpo o en la salud de la persona humana, sea este daño parcial o total, limitado en el tiempo o permanente, como consecuencias de un accionar profesional realizado con imprudencia o negligencia, impericia en su profesión o arte de curar o por inobservancia de los reglamentos o deberes a su cargo con apartamiento de la normativa legal aplicable.

Premisas para que haya Mala Praxis

Debe existir un daño constatable en el cuerpo, o en la salud, extendiéndose el concepto tanto a la salud física como a la mental, siendo ésta comprensiva de todas las afecciones y trastornos de orden psiquiátrico, psicológico, laborales, individuales y de relación, con incidencia en las demás personas. La amplitud del concepto, abarca no solo el daño directo al individuo, sino que por extensión, se proyecta inclusive sobre prácticamente la totalidad de las actividades del afectado.

Tipos de Mala Praxis Médica

El daño causado debe necesariamente originarse en un acto imprudente o negligente o fruto de la impericia o por el apartamiento de las normas y deberes a cargo del causante del daño o apartamiento de la normativa vigente aplicable.

Imprudencia: La imprudencia es entendida como falta de tacto, de mesura, de la cautela, precaución, discernimiento y buen juicio debidos, por parte del profesional de la salud.

Negligencia: Es entendida como la falta de cuidado y abandono de las pautas de tratamiento, asepsia y seguimiento del paciente, que están indicadas y forman parte de los estudios en las profesiones de la salud.

Impericia: Está genéricamente determinada por la insuficiencia de conocimientos para la atención del caso, que se presumen y se consideran adquiridos, por la obtención del título profesional y el ejercicio de la profesión.

Inobservancia de los Reglamentos y/o Apartamiento de la Normativa Legal Aplicable: Cada Provincia y también las Municipalidades, dictan Leyes y Reglamentos atinentes al desempeño de las profesiones destinadas al servicio de la salud, que usualmente revisten tanto el carácter de imperativas como orientativas para el eficaz cumplimiento y prestación de dichos servicios.- Su conocimiento y permanente lectura, permiten a los profesionales, mantener presentee la buena praxis, a la par que les referencia sobre las conductas debidas e indebidas.

¿Que debemos hacer?

Quien invoca la producción del daño debe probar la efectiva responsabilidad de los agentes de la salud intervinientes en la producción del daño.

En resumen, es necesario recolectar pruebas. Probar que se ha realizado un error en el ejercicio de la práctica médica.

Errores Médicos Habituales

Qué tipos de errores médicos hay?

  • Errores de Diagnóstico
  • Aplicaciones Indebidas o Inadecuadas de Medicamentos (Ej. Anestesias)
  • Equivocación en Procedimientos (Ej. Cirugías)
  • Negligencia en Partos
  • Tratamientos Innecesarios
  • Infecciones  Intrahospitalarias

¿Se considera Mala Práxis el abandono de persona?

Si bien a veces el paciente siente que hubo ABANDONO DE PERSONA, y el abogado especialista en mala praxis medica persigue al medico para obtener una indemnización, debe tener en cuenta que no es el profesional correctamente elegido para reclamar por esta figura, ya que pertenece al fuero penal. Lo mismo para la OMISION DE AUXILIO. Ambas son figuras penales y por lo tanto para ello deberá consultar a un abogado penalista.

Infecciones Intrahospitalarias

Las infecciones intrahospitalarias son muy graves ya que son germenes o virus muy resistentes, teniendo en cuenta que los pacientes al estar con las defensas bajas se contagian de estos de otros pacientes internados o de los que pululan por el medio ambiente hospitalario.

Se debe tener bien en cuenta que el lugar (clinica, hospital, consultorio, sanatorio) debe mantener la máxima higiene y correcta eliminación de germenes patogénicos.

La frecuencia de la limpieza de los nosocomios deben ser frecuentes y minuciosa para asi evitar contagios e infecciones.

Los productos de limpieza deben ser limpiadores y desinfectantes.

Entonces si la infeccion se produce por condicion intrahospitalaria, o sea proveniente del medio ambiente, no atribuible a la patología con la que entro el paciente, la responsabilidad por las consecuencias recae sobre la institución.

 

Pasos a seguir ante un acontecimiento de Mala Praxis Médica

Primer Paso Mala Praxis

En primer lugar se debe pedir la HISTORIA CLINICA.

Lo más seguro en estos casos, es pedir en la comisaría de policía correspondiente a la institución en donde ocurrió el hecho, el secuestro de la historia clínica. De esta forma se evita en que la misma pueda ser modificada o adulterada, con el objetivo de ocultar el error. (Esto sucede con bastante frecuencia)

A partir del momento del pedido de secuestro de la historia clínica, que habitualmente ocurre en entre las 48 horas desde la realización de la denuncia, comienza una instancia penal. La cual usted debe estar advertido y asesorado por un profesional calificado.

También se puede pedirla a la clínica, sanatorio o institución. Esto depende de cada hospital o sanatorio. Estos requeriran que la misma se efectue por escrito, algunas veces firmado por médico o abogado, este tramite puede tardar entre 10 a 40 días para entregarla. En estos casos la historia clinica se entrega en fotocopia certificada, o sea que cada hoja debe estar sellada y firmada por el o los medicos intervinientes o el director del nosocomio.

Hay otras maneras de realizarlas de manera tal que intervenga la justicia, las cuales se realizan con más lentitud. En algunas ocasiones hasta 30 días.

Considero que dependiendo la gravedad del hecho, el tiempo que se tarde en obtener la historia clínica es fundamental para poder establecer el error cometido.

Con la HISTORIA CLINICA en mano esta se pude hacer ver por un MEDICO LEGISTA, quien puede determinar el porcentaje de incapacidad que le quedo al paciente a raiz del evento dañoso.

A su vez este elaborara un informe exhaustivo y completo sobre la existencia de NEGLIGENCIA MEDICA y la VIABILIDAD DEL RECLAMO, y la PRUEBA que existe para demostrar dicho actuar.

Ver Documentos necesarios para determinar la existencia de Mala Praxis médica.

¿Puede la Historia Clínica ser adulterada?

Sí, es posible.

En caso de ADULTERACION o PERDIDA, esto es un agravante para el médico e institución, ya que en el ambito judicial una HISTORIA CLINICA INEXISTENTE o ADULTERADA implicará para el abogado del requirente o demandado de que lo que dice es cierto y no podrá probar su descargo de cómo actuaron porque la documentación fundamental donde se encuentran las pruebas para la defensa no están.

En caso de PERDIDA también son responsables ya que las instituciones están obligadas de ejercer la guarda por un tiempo mínimo de 15 años en su archivo.

¿Cúal es el siguiente paso?

Una vez evaluado el informe por el abogado especialista en MALA PRAXIS, y al comprobar que la negligencia existio y quedo una incapaciadad en el paciente a raiz de ella, se abrira en CAPITAL FEDERAL, la instancia de MEDIACION OBLIGATORIA, previa al juicio ,donde acudira el desde ahora llamado EL REQUIRENTE (el paciente o heredero) ,en caso del fallecimiento del mismo, con su letrado patrocinante o letrado apoderado (si es que se le requiere poder) y por otro lado LOS REQUERIDOS, o sea: clínica, obra social o prepaga, médico interviniente presupuestamente responsables solidariamente del actuar negligente y tambien acudiran a esta instancia de mediación los abogados representantes de las COMPAÑIAS DE SEGUROS de cada uno de estos requeridos.

TODAS LAS PARTES INTERVINIENTES EN LA MEDIACION DEBEN PRESENTARSE CON PATROCINIO LETRADO

Es importante aclarar que los HOSPITALES O INSTITUCIONES PUBLICAS, (sean municipales, estatales o provinciales), no estan obligados a acudir a mediación.

Debemos destacar que la mediación no es un ambito para llevar testigos, presentar pruebas, sino que es un ambito de discusión entre profesionales, paciente, médicos, absolutamente CONFIDENCIAL y su finalidad es la conciliación indemnizatoria del tema en cuestión.

Si la misma no llego a buen termino queda abierta la via judicial; si por el contrario se llega a un acuerdo, este tiene el mismo valor de una sentencia judicial.

Ver Importancia del Perito de Parte

Tiempos judiciales en la denuncia de Mala Praxis

Es importante saber que mientras la mediación puede tener una duracion promedio de 3 meses, un juicio en contraposición a esta puede durar entre 2 o 3 años eventualmente. Aunque en juicio tambien, una vez iniciada la demanda y contestada la misma, después de ello hay una audiencia de conciliación que ampara el art.360 del CPCCN donde se puede llegar a conciliar ya si en este ambito evaluando todos los rubros; tanto daño psicologico, moral, etc., y la indemnización sera mayor que en el contexto de la mediación.

En la mediación los medicos consultores de las partes por lo general concurren a junta medica con la HISTORIA CLINICA, y a veces con el paciente, para ponerse de acuerdo de si existió mala praxis y determinar el porcentaje de incapacidad si la hubiera, para luego elevar el informe a los abogados de la parte requerida, llamese, medico interviniente, institución, clínica, sanatorio, obra social o prepaga y discutir asi una suma indemnizatoria a entregar, y evalualdo el grado de responsabilidad de cada uno de ellos .

Hay que hacer hincapié de que solo tendra sentido llevar a mediación, si de verdad existio daño en el paciente, no solo si hubo negligencia, ya que lo que se reparara es el daño y no el MAL ACTUAR DEL MEDICO.
Si la negligencia existió y perjudico en mas o en menos al reclamante, ya sea en forma definitiva o no; absoluta o parcialmente, entonces en este caso si habrá indemnización, SINO NO SE INDEMNIZARA.

Prescripción Mala Praxis

La prescripcion es de 10 años, es decir el tiempo para poder reclamar por una presunta mala praxis.
Es de 10 años para el paciente; pero si va como heredero porque el paciente fallecio será de 2 años.
Vale destacar que para pedir mediación por lo menos uno de los requeridos debe constituir domicilio en capital federal.

 

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