Opinion

¿Se puede indeminzar una vida?

“La vida de una persona, simplemente no tiene precio”

Utilizando el sentido común pareciera que esta afirmación debiera ser correcta e irrefutable, pero la realidad nos demuestra una situación completamente distinta.

La ley utiliza el término “valor vida” para saber cuánto cuesta – económicamente – la existencia de una persona ante un reclamo, y ese número se obtiene según la conjunción de algunas variables: la expectativa de vida de una persona, su capacidad de generar ingresos, la calidad y cantidad de lazos afectivos que tiene, entre muchas otras.

Así es como se desglosa cuál es el valor que posee la existencia de un ser humano para la ley ante un error médico.

Origen de la indemnización como retribución

En el año 1750 a.C. fué escrito por el rey de Babilonia, el Código de Hammurabi, unificando los códigos existentes de la época. Dejando atrás siglos de emplear la “Ley de Talión” como método de establecer una proporcionalidad entre el daño recibido en un crimen y el daño producido en el castigo.

El Código de Hammurabi, origen del sistema legal actual, fijaba penas y compensaciones de acuerdo con las distintas clases o grupos sociales de las víctimas y los infractores. (1)

La mayoría de las penas que aparecen en el código son pecuniarias (multas), dichas compensaciones terminaban con años de venganza y muerte.

Hacia el año 500 A.C., el budismo desarrolló un conjunto de doctrinas que proscriben el derramamiento de sangre. El primero de los Cinco Preceptos (Panca-sila) prescribe abstenerse de la destrucción de vida, mientras que el Capítulo 10 del Dhammapada establece que “todos temen el castigo, todos temen la muerte, tal como tú. Por ello no mates o causes la muerte”.

El sistema judicial actual, aunque a veces parece no aplicar el sentido común, establece la retribución monetaria en consecuencia de los errores cometidos por negligencias médicas, incluida la muerte.

Indemización Casos Reversibles

Si bien el daño causado por la impericia de los profesionales existió, fué posible revertir el deterioro. (2)

Estos hechos son habituales en el ambiente médico pero gran parte de estos descuidos son ocultados por el personal actuante, tal como lo mencionamos anteriormente en otras notas del blog de Malapraxisweb.com.

Es curioso como estos accidentes son tolerados por gran parte de la población, principalmente por desinformación de sus derechos como paciente.

Muerte como desenlace de un mal accionar médico

Cuando los daños son materiales pueden ser fácilmente contabilizados, pero si existe la pérdida de una vida humana.  ¿Tiene la vida humana un valor?

Todo indica que el error médico irreversible no es indemnizable en términos económicos, porque una vez ocurrido ya no hay nada que se pueda hacer. Sin embargo, esta afirmación es inexacta.

Existen regulaciones legales tanto en el ámbito Penal como en el Civil que reglamentan estas situaciones.

 

Interrogantes

¿Cómo hace el magistrado, para emitir un veredicto?

¿Cómo valorar la pérdida económica de una vida humana?

¿Quedan los damnificados satisfechos ?

¿Como se materializa el dolor ocasionado a los familiares por un deplorable descuido?

 

Estas cuestiones serán tratadas en las próximas notas en el Blog de Malapraxisweb.com

 

1) Figura también en el Código de Hammurabi condenas como la mutilación e incluso pena de muerte.
2) Es necesario aclarar que existe una notable diferencia entre las complicaciones que se le pueden presentar al profesional durante su accionar con la impericia, ineptitud o torpeza del mismo durante el procedimiento. Características que constituyen una fracción de la denominada “Mala Praxis Médica”.

Bibliografía

Origen de la Pena de muerte

Código Hammurabi

Síguenos

Malapraxisweb también está en las redes sociales. Todas las noticias actualizadas diariamente.

error: Content is protected !!